lunes, 22 de abril de 2013

¿Clase de Geografía? Taller práctico Jornadas Ih Madrid 2013




La Geografía constituye un contenido cultural propio de cualquier programa de lengua y cultura. Su enseñanza aporta al aprendiente la posibilidad de ampliar su conocimiento sobre uno de los territorios en los que se habla esta lengua. En el caso de los residentes en el país de la lengua meta no cabe duda que le aporta ciertos recursos cognitivos y culturales que le hacen ser más partícipe de la cultura que está estudiando. Es evidente que el estudiante que se desplaza, no solo espera desarrollar su competencia comunicativa sino que en la mayoría de los casos tiene la expectativa de dominar otros campos culturales y saber ubicarlos en el espacio.
En el taller se reflexiona sobre la posibilidad de dar una doble explotación a partir del mismo estímulo y secuencia didáctica. Por un lado, podremos presentar  contenidos léxicos, funcionales, gramaticales,  y socioculturales propios de niveles bajos: ubicar en el espacio, verbos estar, haber, tener y la organización territorial de España.
Por otro lado, de manera paralela, se ofrecerá la posibilidad de trabajar  otros contenidos propios de niveles superiores, más relacionados con el desarrollo de competencias estrechamente vinculadas a  la fraseología y al léxico empleado en registros más técnicos, como el jurídico- administrativo, que nos acercan al ámbito de los fines específicos que muchos estudiantes de este nivel demandan por su perfil académico o profesional.
Ambas secuencias son sugerencias dirigidas a presentar de manera integrada contenidos propios de la lengua y contenidos de geografía política. Son dos posibles arranques o fases iniciales de posibles explotaciones más amplias en las que se sistematice o profundice con actividades posteriores y/o anteriores  adecuadas a las necesidades de cada grupo y a los  programas específicos en cada contexto académico.

                                      
SECUENCIA PARA NIVELES INICIALES

Proyectamos un mapa mudo y sondeamos en grupo clase ¿Qué es esto?
Si no responden lo esperado o lo hacen de forma imprecisa o escasa,  los reconduciremos  con esta frase, esto es el mapa de España.
Podemos continuar preguntando ¿Dónde están Portugal y Francia? ¿Y Marruecos?
Entregamos un mapa a cada estudiante y por grupos les pedimos que ubiquen estos dos países. También les podemos pedir que se levanten y dibujen los contornos sobre la proyección.  Después seremos nosotros quienes mientras hablamos confirmamos los contornos de los estudiantes o se los borramos y dibujamos los correctos mientras decimos Portugal está al oeste de España y Francia está al nordeste. Completaremos la explicación diciendo al norte está el Mar Cantábrico mientras lo fijamos y sombreamos con rotulador azul el mar. Al sur está Marruecos y el Mar Mediterráneo y al este está el Mar Mediterráneo.
Después señalaremos las divisiones internas que forman las comunidades autónomas y preguntaremos de nuevo ¿Qué son estas líneas? / ¿Qué representan?
Esperaremos términos como provincias, regiones, o versiones similares en otras lenguas y fijemos en la pizarra Son “regiones” insista con lenguaje corporal y entonación especial ¿Regiones? /¿Cuántas hay? /¿Cuántas regiones hay en España?
Dejaremos que cuenten hasta 17, señalando que las islas también cuentan, continuaremos preguntando, es normal que no lo digan a la primera, entonces, los guiaremos hasta confirmar en España hay 17 grandes regiones, pero… ¿Cómo se llaman?
Es una pregunta con truco si alguien dice Madrid, Sevilla…etc. explicaremos ¿Cuál es el nombre oficial: provincia, región, departamento, comunidad…Seguramente les sea familiar pero si no, fijaremos en la pizarra En España hay 17 comunidades autónomas (CCAA). Después, pediremos a los estudiantes que localicen en su mapa todos los lugares que creen que saben dónde están, circularemos entre ellos y animaremos a los grupos o estudiantes individuales a que arriesguen. Pondremos en común y proyectaremos el siguiente mapa:

Mostraremos el mapa con los nombres de las comunidades autónomas, entregaremos una copia e iremos fijando estructuras, bien en la pizarra, bien en una fotocopia. En España hay 17 CCAA y cada comunidad autónoma tiene una o más____________ (Dejando este espacio en blanco) Volvemos a señalar por las líneas que dividen las comunidades autónomas en provincias y preguntamos de nuevo ¿Qué representan las líneas?
Esperaremos sus respuestas, probablemente los estudiantes estén ya algo confusos, podemos ayudarlos planteando ¿Qué es Segovia? ¿Qué es Toledo? ¿Una cuidad o una provincia? Dejamos un tiempo para sus respuestas y concluimos diciendo que  pueden ser dos cosas: una ciudad y una provincia.
Proyectamos el último mapa,(el de las cincuenta provincias) lo presentamos y señalaremos las capitales de provincia anteriormente nombradas fijando: Toledo está al sur de Madrid y Segovia está al norte de Madrid. Ceuta y Melilla son dos ciudades que están en el norte de África.

 Con este mapa proponemos la conclusión en un cuadro en el que los estudiantes tendrán que inferir los términos  que se han manejado y fijado  a lo largo de la sesión y con la ayuda gráfica de los mapas.

En España hay 17 ______________y en cada una hay una o más___________.  En total hay 50 provincias. También hay dos ciudades autónomas, están en el norte de África: se llaman _________  y_________. Todas las __________tienen una __________ con su mismo nombre. Solo una de estas capitales de provincia es la capital de la _________________.
Por ejemplo, Madrid es el nombre de una de las 17 ___________________, de una ___________ y de una _________ , en este caso su ___________.

En el caso de Cantabria, su única provincia se llama____________ y su capital se llama Santander. Barcelona es el nombre de la ___________de Cataluña pero también es el nombre de una _________ de esta ______________.
[…]

[…]
SECUENCIA PARA NIVELES AVANZADOS Y FINES ESPECÍFICOS (ÁMBITO JURÍDICO, ADMINISTRATIVO, DE HUMANIDADES SOCIAL O ECONÓMICO)

 Presentamos el mapa preguntando ¿Qué tipo de mapa es?
Si las respuestas no son las esperadas o si lo hacen de manera aproximada los reconduciremos  preguntando ¿Se trata de un mapa mudo, de un  mapa físico o de un mapa político?
Se trata de un mapa mudo de España, o un mapa político mudo. Explicaremos la razón del término mudo si lo consideramos conveniente, pero continuaremos indagando ¿Por qué se llama mapa político? ¿Qué podemos ver en un mapa político? ¿Qué diferencias hay entre la geografía física y la política?

Dejaremos que los estudiantes den sus respuestas y hagan sus hipótesis. Después confirmaremos en clase grupo las respuestas explicando las diferencias entre la geografía física y la geografía política y retomaremos la pregunta ¿Qué representa un mapa político? Guiaremos a los estudiantes a la repuesta deseada Representa la organización político- territorial de un país. Continuamos con más cuestiones ¿Qué tipo de organización territorial o administrativa tiene España? Sondeando y dejando que los alumnos  hagan sus hipótesis les diremos que España es un estado descentralizado desde 1978. (Si lo consideramos oportuno podemos presentar la tipología básica de estado centralizado o descentralizado poniendo ejemplos internacionales como Francia del primero y Estados Unidos, Suiza o Alemania del segundo tipo). Les diremos que está dividido en regiones y les preguntaremos por el nombre oficial de las regiones. Es fácil que en estos niveles y debido a algunos perfiles académicos o profesionales determinados los estudiantes sepan la respuesta, en cualquier caso pregúntelos ¿Son provincias? /¿Son departamentos? /¿Son estados federales? /¿Son comunidades…..?
Aclararemos las dudas y explicaremos que se llaman CCAA y que presentan casi las mismas características de los Estados Federales del modelo norteamericano o alemán. Esto es con dualidad en las instituciones.
Después continuamos indagando acerca de sus conocimientos y les pediremos que ubiquen los nombres de los lugares que creen que conocen. Dejaremos unos minutos para que hagan sus hipótesis en grupo o individual o primero de forma individual, después en grupo y finalmente, proyectaremos el mapa autonómico:

Permitiremos que los estudiantes comparen sus respuestas; señalaremos las líneas internas que forman las provincias de las CCAA y preguntaremos que representan. Además les preguntaremos por otros nombres famosos de lugares de España que no aparecen en el mapa autonómico. ¿Toledo? /¿Segovia?/ ¿Málaga? ...y proyectamos el mapa de provincias:



Es el momento de explicar que la organización es más compleja y que las comunidades autónomas están formadas a su vez  por una o más provincias y que a su vez las provincias se dividen en municipios y que todas estas divisiones forman una triple organización territorial así como una triple administración política e institucional:
-La Administración del Estado
-La Administración de las Comunidades Autónomas
- La Administración local o municipal.
[…]


Los Sectores de la Economía: análisis de necesidades en estudiantes de español con fines específicos.Taller Jornadas International House Madrid 2012


Los Sectores de la Economía: análisis de necesidades en estudiantes de español con fines específicos.
Estado de la cuestión
 Cada vez son más los aprendientes que, una vez alcanzado un determinado nivel de competencia, deciden continuar su proceso de aprendizaje demandando un tipo de curso centrado en sus necesidades profesionales y/o académicas.
  En estos contextos de enseñanza, el análisis previo de necesidades cobra especial importancia debido a  la diversidad de metas que los estudiantes pretenden alcanzar. Y esto es así desde el momento en que existen potencialmente tantos cursos como fines y contextos  específicos:

La enseñanza de lenguas para la comunicación profesional es un enfoque basado en la         comunicación y orientado a la consecución de una determinada competencia comunicativa, que tiene como propósito mejorar las capacidades de comprensión y expresión que se requieren para desenvolverse en un determinado campo de actividad profesional.
(Aguirre Beltrán, 2001: 35)

La enseñanza de español con fines académicos es aquella que tiene como propósito desarrollar la competencia comunicativa de aquellos estudiantes extranjeros que quieran  moverse con éxito dentro de una situación académica propia de una disciplina impartida por una institución española y “cumplir con los requisitos que dicha situación impone.
 (Vázquez, 2004: 1129)

La mayoría de los alumnos que aprenden español con fines específicos necesitan adquirir: confianza y fluidez en el habla, habilidades para organizar y estructurar información, lenguaje suficiente y preciso para ser capaz de comunicar ideas sin ambigüedad, estrategias para clarificar y comprobar información no clara, saber reaccionar con rapidez ante las palabras o declaraciones de los otros, clara pronunciación, etc.
  (Centellas Rodrigo, 1996:1)

Objetivos
La consecuencia práctica de esta premisa es que no podremos diseñar ni tampoco impartir un curso de estas características si, a priori, no sabemos exactamente qué esperan nuestros estudiantes de su propio proceso de aprendizaje y de nuestra labor como docentes.El objetivo de este taller es concienciar a los asistentes de la necesidad de saber definir las expectativas de los estudiantes así como sus perfiles profesionales y académicos.


Metodología
  Para este cometido se presentará el planteamiento de la sesión inicial para un supuesto cursode cuyo grupo meta aún no tenemos información suficiente. Se simulará una dinámica de clase-grupo como ejemplo de primer acercamiento, sondeo y análisis de necesidades para averiguar los siguientes aspectos:
-Qué saben ya.
- Cuál es su contexto profesional y/o académico.
- Qué quieren y necesitan saber para desarrollar su competencia comunicativa en ámbitos comunicativos más especializados.
Los objetivos de esta dinámica son muy generales pero nos va a permitir llevar a cabo una aproximación más precisa a los siguientes aspectos:
-          Qué perfil presentan  nuestros estudiantes y por tanto qué necesidades de aprendizaje manifiestan. ¿Quieren ir a una universidad española? ¿Están ya trabajando en una empresa situada en España? ¿Están buscando trabajo?
-          Qué saben o conocen ya.
-          Qué necesitan aprender.
Esta dinámica nos  va a  permitir  hacer un sondeo previo y una lectura de necesidades que serán claves para el posterior desarrollo de un programa. Asimismo nos va a ayudar, entre otros aspectos, a seleccionar las muestras de lengua y su consiguiente  explotación didáctica y también a cotejar si los materiales que hay en el mercado, cubren esas necesidades formativas y comunicativas que los aprendientes demandan.
De esta manera podremos concretar los exponentes funcionales y gramaticales así como el léxico especializado correspondiente que tendremos que preparar.
Problemas
Nivel del grupo meta: B1.2/ B2
Número de estudiantes: INDIFERENTE
Contexto de enseñanza: Centro de idiomas en España o en el extranjero.
Perfiles académicos: extranjeros con titulación universitaria terminada o cursándola y/o profesionales especialistas en diferentes campos en sus países.
Materiales:????????

Si nos fijamos en la ficha del curso, observamos ciertos vacíos de información que responden a una diversidad de situaciones a la que los profesores de español nos enfrentamos con mucha frecuencia: un recién titulado alemán que está haciendo un máster en Administración de Empresas en España, una italiana de Erasmus en el último año de Derecho o, simplemente,  un grupo cerrado de universitarios o preuniversitarios de diferentes disciplinas enviado por  una  universidad norteamericana. También caben esos abogados, arquitectos, contables, recepcionistas, médicos, ingenieros, historiadores, diseñadores…etc. que por motivos personales, profesionales, políticos…etc. se han visto en la necesidad de vivir en un país de habla hispana.
Esta disparidad de perfiles y metas nos puede provocar cierta ansiedad profesional que se agrava en el momento en el  que, además, tenemos que trabajar con lenguajes de especialidad, negocios, jurídico, científico-técnico etc… a los que no estamos acostumbrados o que, básicamente, desconocemos por ser ajenos a nuestro ámbito comunicativo habitual.
Es conveniente plantear las siguientes reflexiones previas en nuestro punto de partida:
1.      No somos especialistas en la materia del contexto profesional o académico del aprendiente.
2.      Nuestra labor es ayudar al estudiante a desenvolverse con éxito en esos contextos comunicativos tan específicos.
3.      Los aprendientes sí son especialistas en su campo y no esperan que les enseñemos el qué (Economía, Derecho, Medicina…etc.) sino el cómo, es decir, que los ayudemos a desarrollar su competencia comunicativa en esos ámbitos.
4.      Tenemos que ser conscientes que  los lenguajes técnicos presentan en su léxico un elevado número de términos y expresiones comunes a varias lenguas.
Procedimiento
 El profesor guiará  la dinámica con una serie de preguntas, fijará  en  la pizarra las aportaciones de los alumnos y realizará las modificaciones necesarias de cara a la correcta sistematización de un esquema previamente estudiado y diseñado por el docente que titularemos LOS SECTORES DE LA ECONOMÍA.
La meta es realizar entre el profesor y toda la clase un gran mapa conceptual en la pizarra en el que se presenten Los tres sectores de la economía con las diversas actividades económicas o administrativas y las  profesiones y titulaciones académicas que se pueden englobar dentro de cada uno. Además ofreceremos otra clasificación de sector público y sector privado que relacionaremos posteriormente con los ítems del esquema anterior.
Esta dinámica se puede realizar en clase grupo poniedo en común todas las participaciones de los estudiantes, es decir como la lluvia de ideas expuesta anteriormente o si tiene un grupo numeroso puede organizar equipos que intentarán responder al cuestionario para despues ponerlo en  común con el resto de los equipos y  con el profesor.
Cuestionario:
1.¿Cuáles son los sectores de la economía? ¿Cuántos hay? ¿Cómo se llaman?
2. ¿Puedes definirlos?
3. ¿Qué actividades podemos incluir en cada uno?
4. ¿Qué profesiones desarrollan esas actividades?
5. ¿Qué titulaciones académicas universitarias o no universitarias existen para formar a esos profesionales?
6. ¿Cuál ha sido tu trayectoria académica y profesional en relación a los sectores de la economía?

viernes, 1 de octubre de 2010

La enseñanza del español jurídico.


Máster en Enseñanza de Español como Lengua Extranjera

Instituto Cervantes – UIMP

2006-2008


LA ENSEÑANZA DE ESPAÑOL CON FINES ESPECIFICOS:
EL ESPAÑOL JURIDICO

Memoria de máster realizada por: Francisco Fidel Riva Fernández.

Dirigida por: Profesora Lourdes Díaz





Agradecimientos:



A la directora de esta memoria: Lourdes Díaz, de la Universidad Pompeu Fabra, por su paciente y dedicada labor de asesoramiento a lo largo de la realización de este trabajo.

Y a los profesores:

Rainier Rutkowski , Director del IEMA (Instituto de español Murallas de Ávila) y profesor de la Universidad Católica de Ávila.


Guillermo Escobar de la Facultad de Derecho de Alcalá de Henares.

Adolfo LLovet de IE, Madrid.

Margarita Hernando de Larramendi de la Unidad de centros asociados del Instituto Cervantes en Alcalá de Henares.


Por su colaboración e información facilitada durante el proceso de elaboración de esta memoria de máster, cuyas aportaciones fueron clave para el desarrollo y conclusiones de la misma.

Madrid a 20 de Septiembre de 2009.

INDICE
RESUMEN Y PRESENTACIÓN DE OBJETIVOS GENERALES.......................1


OBJETIVOS ESPECÍFICOS…………….…………………………………….…….2


ESTADO DE LA CUESTIÓN………………………………………………………...3

3.1. Concepto y tipología de ELE con fines específicos……………………………….3

3.2. El lenguaje especial como objeto de estudio………………………………………4

3.3. La enseñanza de ELE con fines específicos en el tiempo……………………….5

3.4. Notas del español jurídico como lenguaje especial……………………………….6

3.5. Importancia del español jurídico como fin específico…………………………….8
.


ANALISIS DE NECESIDADES…………………………………………………….10

4.1. Descripción de la metodología……………………………………………………10

4.1.2. Instrumentos……………………………………………………….………………12

4.2. Resultados………………………………………………………………………..…13

4.2.1. Tipos de cursos y programas…………………………………………….……..13

4.2.2. Resultados de las entrevistas………………………………………………….15

4.2.3. Materiales de español jurídico publicados………………………….……..…..17


CONCLUSIONES……………………………………………………………....……23



BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………………26.

7. ANEXOS Y REFERENCIAS Y CITAS [x]


RESUMEN DEL TRABAJO: OBJETIVOS GENERALES

En este trabajo se presenta un estudio sobre la enseñanza del español con fines específicos centrado en los contextos profesionales y académicos del ámbito jurídico.
Para ello se sigue una exposición que partiendo de lo general, en este caso el ámbito del español con fines específicos, nos irá acercando al objeto central del estudio concretado en la enseñanza del español jurídico.

De esta manera, se comienza con el “Qué” del trabajo mediante una aproximación conceptual en la que el lenguaje jurídico se ubica como una disciplina de estudio propia de la enseñanza de español con fines específicos y se continúa con el “Cómo”, procediéndose al análisis del modo en que se está impartiendo la enseñanza de este lenguaje desde diferentes centros e instituciones y al estudio de los materiales publicados al efecto. Con ello se persigue contar con una serie de datos que nos permitan hacer una lectura efectiva de las necesidades formativas en este ámbito a fin de evaluar la adecuación del material existente así como el grado del ajuste o desajuste de los cursos a las necesidades formativas de la demanda existente.

Para ello se ha seguido una metodología de investigación basada en una encuesta informal en la que, tras localizar los centros de enseñanza y estudiar los tipos de cursos ofertados, sus programas y el perfil de su demanda, realizamos tres entrevistas con tres de sus directores como representantes de las dos diferentes modalidades de los cursos encontrados que supusieran un punto de arranque para posteriores investigaciones.

Existe, en este trabajo, un interés por colmar parcialmente cierto vacío en una modalidad de enseñanza, la del español jurídico, sobre la cual no parece que haya existido demasiada profundidad en su análisis. Presenta, en este sentido, un marcado carácter residual en comparación con otros cursos con fines específicos de diferente temática como son los del español de los negocios. Se pretende, así, un acercamiento a las instituciones que ofertan estos cursos, casi de un modo experimental, que siente las bases de ulteriores investigaciones destinadas a la mejora en la calidad de su enseñanza teniendo en cuenta los mismos planteamientos holísticos que desde el enfoque comunicativo tanta importancia otorgan a las necesidades de los aprendientes y que en este campo de la enseñanza del español con fines específicos cobran especial interés.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los objetivos concretos de esta memoria de investigación son los siguientes:

El estudio de las necesidades formativas en el ámbito de ELE para fines específicos en contextos jurídicos.
2. Análisis de los cursos y materiales existentes en la actualidad.
3. Valoración del grado de ajuste o desajuste entre las necesidades de los estudiantes y la oferta existente de cursos y materiales.

Los tres propósitos están estrechamente relacionados entre sí en el sentido de que el efectivo análisis de necesidades nos ha de arrojar los datos suficientes con los que cotejar la adecuación de los materiales publicados al perfil de estudiante y a los diferentes tipos de cursos y programas. Queremos comprobar si estos cursos y los materiales satisfacen las necesidades formativas de los alumnos actuales y potenciales, visto el resultado del estudio.

Nos estamos moviendo en un campo en el que no parece existir suficiente información previa y nuestra última meta consiste en contar con una serie de datos que nos permita alcanzar la ejecución de una primera etapa de investigación en la que se asienten las bases y la orientación de posteriores estudios encaminados a mejorar esta modalidad de enseñanza, así como sus materiales.

3. ESTADO DE LA CUESTIÓN: ENSEÑANZA ELE CON FINES ESPECIFICOS
En este punto se presenta el marco en el que ubicamos el ámbito de nuestro estudio. Se partirá de la definición de lo que entendemos por ELE con fines específicos haciendo una breve reseña de su tipología, su evolución en el tiempo y las notas propias que hacen del español jurídico un objeto propio de esta modalidad de enseñaza tanto por sus notas de lenguaje especial como por su incipiente papel en un ámbito intercultural de comunicación profesional y académica.

3.1. Concepto y tipología de enseñanza de ELE con fines específicos
La enseñanza de español con fines específicos hace referencia, como su propio nombre indica, a aquel sector de la misma que acerca la lengua española a estudiantes de español con unas necesidades formativas orientadas la consecución del desarrollo de su competencia comunicativa dentro de un contexto profesional o académico concreto. Dicho desarrollo tiene la peculiaridad de focalizar los esfuerzos docentes y metodológicos de manera tal que las destrezas a trabajar se dirijan a cometidos más concretos.[1]
Estos contextos determinan una importante delimitación que da lugar a las dos principales vertientes de esta modalidad de enseñanza: la enseñanza de español con fines profesionales y la enseñanza de español con fines académicos, que a continuación se definen:
La enseñanza de lenguas para la comunicación profesional es un enfoque basado en la comunicación y orientado a la consecución de una determinada competencia comunicativa, que tiene como propósito mejorar las capacidades de comprensión y expresión que se requieren para desenvolverse en un determinado campo de actividad profesional.
(Aguirre Beltrán, 2001: 35)

Por otro lado la enseñanza de español con fines académicos es aquella que tiene como propósito desarrollar la competencia comunicativa de aquellos estudiantes extranjeros que quieran moverse con éxito dentro de una situación académica propia de una disciplina impartida por una institución española y “cumplir con los requisitos que dicha situación impone” (Vázquez, 2004: 1129).

3.2. El Lenguaje especial como objeto de estudio
El aprendizaje en estos contextos profesionales y académicos implica la adquisición de un lenguaje especial como lengua vehicular, existiendo tantos lenguajes especiales como contextos específicos. Así podemos hablar del español de los negocios, de la medicina, del jurídico… etc.

Son muchos los estudios que han tratado de delimitar el concepto de lenguaje especial, en este sentido vamos a encontrarnos con una diversidad de denominaciones en torno al mismo que, si bien pueden parecer sinónimas desde un punto de vista ontológico, lingüísticamente serán más bien “casi-sinónimas”. Estaríamos hablando de “Lenguajes especializados”, “Lenguas de especialidad” y de “Lenguas o Lenguajes para fines o propósitos específicos”. Esta falta de claridad terminológica parece debida a que los estudios acerca de esta disciplina, originados en los años treinta, pero cuyo auge tuvo lugar en los sesenta, se publicaron en lengua inglesa y en su traducción al español no se ha acuñado la terminología de un modo uniforme por la doctrina. Nos encontramos, por consiguiente, con tres términos “Special Language”, “Language for Special purposes” o “for Specific purposes” que dan lugar a los tres españoles anteriormente señalados, y a otros términos relevantes en esta temática como son “Ordinary Language”, “General Language” y “Natural Language”, frente a “Artificial Languaje” y “Sublaguages”. (Cabré, 2006).
Sin embargo, y a pesar de esta variedad de denominaciones parece indudable la existencia de tales tipos de lenguas o lenguajes cuya naturaleza tampoco parece haber gozado de unanimidad. En este sentido, se han defendido diversas interpretaciones de lo que se entendía por tal concepto de especialidad. Si atendemos la relación de estos con la lengua general, nos encontraremos principalmente tres:

Una primera interpretación, que entenderá los lenguajes especializados como códigos de carácter lingüístico con reglas y unidades específicas. El poder delimitar estos códigos de la lengua general dependerá de elementos extralingüísticos y comunicativos determinantes de la especificidad de cada caso. Elementos comunes, que, en muchos casos, los dotará de unidad. (Felices Lago, 2005).

Desde la lingüística teórica o descriptiva se va a afirmar que cada lenguaje de especialidad es una simple variante del lenguaje general, se reducirían, pues, a un “conjunto de acumulaciones léxicas mas frecuentes de lo que se suelen dar en la lengua general”. (Felices Lago, 2005).

La última concepción que parece tener más peso, es la que afirma que estas lenguas de especialidad no se pueden explicar en términos estrictamente lingüísticos si no que los entiende como subconjuntos con peculiaridades pragmáticas que los diferencian de la lengua general. (Felices lago, 2005).

En este último sentido, los lenguajes de especialidad pueden considerarse como “subconjuntos de recursos específicos lingüísticos y no lingüísticos, discursivos, gramaticales y pragmáticos, que se utilizan en situaciones de comunicación consideradas especializadas por sus condiciones comunicativas. (Cabré, 2006:17).

3.3. La enseñanza de ELE con fines específicos en el tiempo
Parece existir consenso en afirmar que esta modalidad de enseñanza surge en la década de los años ochenta de la mano de la demanda del español de los negocios.
El contexto en el que surge esta demanda hay que ubicarlo en lo que se conoce como La sociedad de la Información y el Conocimiento o lo que es lo mismo, un marco social e intercultural de notable progreso científico-tecnológico y económico, fuertemente ligado al nivel de información y formación de los diferentes profesionales e investigadores. Comienzan, así, a requerirse, entre otros aspectos, un acceso a determinadas fuentes de conocimiento material, solamente posible en otros idiomas, lo cual, supondrá a su vez, una efectiva formación lingüística que conduzca al efectivo dominio de una segunda o tercera lengua. (Aguirre Beltrán, 2001).

Son muchos los referentes anteriores en el tiempo a este momento de partida de la enseñaza con fines específicos: el aprendizaje del Griego como lengua académica en la época del Imperio Romano, la labor evangelizadora de los Franciscanos durante la colonización del continente sudamericano, El Libro de John Misheu en las relaciones comerciales hispano-inglesas de la Europa del siglo XVI, el aprendizaje del inglés por parte de pilotos de aviación durante la Segunda Guerra Mundial…etc. Pero, sin duda, el momento en el que se comienzan a sentar las bases en la concepción y desarrollo de la enseñanza de lenguas con fines específicos está asociado al nacimiento de los enfoques nocio-funcionales derivados de la aprobación del Proyecto número cinco del Consejo de Europa en 1971 y a la posterior publicación de The Thresold Level de Van Ek en 1976. (LLobera, 2000).

Como momento culminante en el desarrollo de esta modalidad de enseñanza de español se hace necesario hacer reseña del I Congreso internacional de enseñanza de español con fines específicos (CIEFE) celebrado en Ámsterdam en el año 2000 que supondría “la mayoría de edad y la plena madurez del español para fines específicos como disciplina de estudio” (Felices Lago, 2005). En éste y en posteriores congresos, se abordaron numerosas cuestiones y dudas que planean sobre la didáctica de esta disciplina desde la investigación y experiencia de más de 180 profesionales.

Además es muy importante señalar la importancia de los estudios sobre esta modalidad de enseñanza aplicada a la lengua inglesa que tuvieron lugar desde los años sesenta y que culminaron, en la década de los ochenta, con los estudios de Hutchinson y Waters[2] que sentaron los cimientos de los enfoques comunicativos aplicados al proceso enseñanza-aprendizaje en este ámbito y que se concretarán en el ajuste de la enseñanza a las necesidades reales de comunicación existentes en estos acotados contextos académicos o profesionales.

3.4. El lenguaje jurídico como lenguaje especial
En este punto nos detendremos en las notas que determinan la especialidad del lenguaje empleado en contextos profesionales y académicos propios del ámbito jurídico. Para ello partiremos de una definición de lo que se entiende por lenguaje jurídico:
El lenguaje jurídico es el lenguaje técnico usado por los legisladores, las autoridades administrativas, los tribunales y los miembros de las profesiones jurídicas. Dentro del lenguaje jurídico hay una distinción consolidada entre el lenguaje de la ley y el lenguaje de los juristas. Hay que distinguir entre el lenguaje en el que están escritas las normas y las demás fuentes del Derecho, y el lenguaje utilizado en la aplicación de éstas, es decir, el utilizado por los profesionales para hablar de sus actividades. (Iturralde, 1989:30)

Esta breve definición encierra una triple clasificación de las fuentes emisoras de dicha tipología lingüística que hace que este lenguaje no se configure como un género monolítico en cuanto a sus rasgos lingüísticos. Así veremos como los textos emitidos por la administración no guardan las mismas formalidades que el lenguaje plasmado en las normas escritas ni en los documentos que materializan las decisiones judiciales.
Esta variedad de emisores explica la clasificación tradicional del lenguaje jurídico en cuatro variantes:

El lenguaje legislativo o de los textos legales, plasmado en las normas jurídicas escritas que emanan de los órganos estatales competentes, el lenguaje jurisdiccional o de los jueces empleado en las sentencias, autos y providencias, principalmente, el lenguaje administrativo de los textos mediante los cuales la administración se comunica con los ciudadanos (notificaciones, expedientes, sanciones, publicaciones…) y, finalmente, el lenguaje notarial (testamentos, escrituras de compraventa, poderes…) (Hernández Gil, 1986)

No podemos olvidar el lenguaje de la literatura jurídica, o la doctrina jurídica[3] en cuyos textos se muestran unas características y matices lingüísticos un tanto diferentes a los de las variantes mencionadas con anterioridad, aproximándose al lenguaje científico en cuanto que tratan de sistematizar y presentar conocimientos del mundo jurídico.

Esta múltiple clasificación puede simplificarse en otra mas sencilla que diferencia entre el lenguaje del Derecho, o normativo (el que encontramos en las normas escritas) y el lenguaje de los juristas, referido al empleado por los profesionales del Derecho. En este último incluimos tanto el lenguaje científico jurídico, aludido con anterioridad, como el plasmado en sentencias, autos, escritos procesales… y demás documentos de carácter jurídico redactados por órganos jurisdiccionales, así como los realizados por abogados, procuradores, fiscales, notarios…etc. (demandas, denuncias, querellas, contratos, testamentos, actas notariales…etc. (Hernando Cuadrado, 2003)

En cuanto a sus características, parece compartida la sensación de encontrarnos ante un registro lingüístico a menudo tildado de farragoso, incluso opaco y poco inteligible[4] . Esta visión resulta ciertamente paradójica desde el momento en que estamos hablando de un lenguaje creado para una generalidad de destinatarios, esto es, con una vocación universal, pero cuya comprensión a veces requiere un considerable esfuerzo por parte de los usuarios de la lengua no especialistas. Presenta, así, unas notas gramaticales muy alejadas de las del lenguaje general en el que nunca se emplean ciertos usos gramaticales como la enorme cantidad de anacolutos y el abuso del uso de los gerundios.

Otra nota que refuerza este carácter de acusada complejidad técnica es su densidad léxica[5] y la coexistencia[6] de unidades léxicas del lenguaje común o general con términos estrictamente jurídicos y términos técnico-jurídicos[7], sobre todo en el lenguaje legislativo.

Otra de las notas que debemos considerar en este apartado de presentación genérica del lenguaje del Derecho sería la uniformidad existente entre las diferentes variedades del español en el mundo. Al igual que sucede con el español de los negocios, está prácticamente aceptado y asumido el escaso número de diferencias existentes dentro de esta órbita jurídica, con alguna excepción de ciertos y escasos localismos. (Alcaraz Varó, 2002).

3.4. Importancia de la enseñanza del español jurídico como fin específico
Varios son los datos fácticos que impulsan la investigación en el desarrollo de esta rama dentro del panorama de fines profesionales y académicos específicos en ELE. Todos ellos muy en relación con ese marco definido como La Sociedad de la Información y el Conocimiento. Estamos hablando de un lenguaje especial empleado por profesionales de la órbita jurídica que, en ciertos espacios socio- geográficos, se ven obligados a dominar debido a los constantes entramados de relaciones institucionales, jurídico-sociales, y personales entabladas entre los ciudadanos, los estados implicados y los diferentes profesionales y órganos dedicados a mediar entre ellos.

Es lo que sucede en países como Estados Unidos en donde la expansión demográfica de hispano-parlantes trae como resultado que los órganos de justicia de este país y los diferentes profesionales jurídicos, sientan la necesidad de formarse lingüísticamente en español, tanto para comunicarse oralmente como para la comprensión de textos jurídicos en sus funciones de intermediarios entre normativas y situaciones jurídicas. De esta manera, los sujetos intervinientes se mueven en un contexto de tensión lingüística en el que la lengua inglesa comienza a ceder ante la expansión social y económica del español.

Desde el espacio europeo la importancia de la enseñanza del español jurídico gira, de un lado, en torno al papel mediador que España juega como frontera con países africanos en materia de inmigración y extradición y los problemas jurídicos entablados con sus órganos jurisdiccionales y administrativos. Y de otro lado, al fenómeno de movimiento de estudiantes tan propio y tan fomentado por las políticas educativas de los estados miembros de la UE y que han propiciado la matriculación de estudiantes de leyes en universidades españolas y su potencial acceso al mercado laboral español.

En todos estos ámbitos socio-económicos el español jurídico planea como una herramienta de comunicación imprescindible y, por tanto, su enseñanza ha de concebirse como una pieza clave en la satisfacción de las necesidades sociales económicas e interculturales apuntadas.

4. ANÁLISIS DE NECESIDADES
Una vez desarrollado el “Qué” del estudio presentamos en los siguientes puntos el “Cómo” en su enseñaza. Con este estudio tratamos de recabar la información necesaria que nos permita averiguar y analizar las necesidades formativas de los estudiantes de esta disciplina y confrontar su ajuste o desajuste con los materiales y cursos existentes. Para la consecución de dicho objetivo hemos seguido una metodología de investigación que se detalla a continuación.

4.1. Descripción de la metodología

Para dicho estudio empleamos una metodología cualitativa de encuesta informal siguiendo los siguientes pasos:

Averiguación de los centros de enseñanza en los que se ofertan o han ofertado cursos de español jurídico.
Contacto vía escrita o telefónica con los responsables de los cursos.
Entrevista personal con los anteriores agentes y centros a los que preguntamos una serie de cuestiones abiertas de temas relativos al desarrollo de los cursos, centrándonos en aspectos como la demanda de los cursos, el perfil de los estudiantes y la consecución de los objetivos basada en resultados finales.

Se opta así por un método de investigación cualitativo denominado de entrevista estructurada o dirigida a un informante clave [8], basada en el acercamiento a ciertas figuras personales consideradas representativas de ciertos grupos o colectivos y potencialmente conocedoras de datos clave para el desarrollo y profundización de estudios posteriores en determinados aspectos en los que no existe información material y que ,además, cuentan con importantes limitaciones temporales.

Nos inclinamos por este procedimiento de investigación por encontrarnos en las mismas situaciones antes descritas, principalmente por el vacío de información al respecto y consideramos a los responsables de estos cursos como los informantes claves[9] que nos facilitarían los datos necesarios en el estudio.

La dispersión, variedad y disparidad en la modalidad de cursos con la que nos encontramos, así como la limitación temporal de este trabajo de investigación han sido un fuerte obstáculo a la hora de realizar cuestionarios estandarizados a los propios estudiantes de los cursos. Esta circunstancia se convierte en un cierto límite a la validez y extrapolación de las conclusiones del estudio. Sin embargo, las entrevistas con los responsables de los cursos se adecuan a nuestra ambición de fundamentar un punto de partida o una fase inicial mediante la evaluación y ajuste de una situación de enseñanza sobre la cual no hay suficiente información. Esta inicial aproximación, nos permitirá efectuar estudios posteriores partiendo de los datos facilitados por los profesionales encargados de estos cursos, que actuaron como intermediarios en nuestro proceso de investigación. Son ellos los que con su experiencia y cercanía a los alumnos nos van a aportar los datos que nos ayuden a ejecutar esta primera fase en el análisis de necesidades formativas en este campo tan poco estudiado.

Llegados a este punto, también es importante señalar que de la lista de centros que posteriormente se presenta, una vez realizadas las consultas mediante el envío de correos y llamadas telefónicas, solamente tuvimos acceso directo a información personalizada en tres de ellos ( Universidad de Alcalá, Instituto de Español Murallas de Ávila e Instituto de empresa de Madrid ) el resto de las instituciones y centros mencionados se limitaron, en unos casos, a respondernos vía escrita, remitiéndonos a la consulta de los programas ofertados en el momento de la investigación o en años anteriores, en otros casos, haciéndonos saber la ausencia actual de tales programas por su “baja demanda” y de un buen número de ellos, nunca recibimos respuesta alguna.

4.1.2. Instrumentos
De esta manera, conseguimos entrevistarnos [10] con tres directores: El profesor Rainier Rutkowsky director del Curso de Español Jurídico del IEMA, el profesor Alfredo LLovet, responsable del Máster en Derecho español para extranjeros de IE, Madrid y con el profesor Guillermo Escobar del Curso experto en Derecho español de la Universidad de Alcalá de Henares. Siendo este último agente, el informante que más datos operativos aportó a nuestro análisis de necesidades.

Por diversas razones que explicaremos en el punto relativo a los resultados, gran parte de las preguntas claves para nuestra investigación, dirigidas a los otros dos directores, relativas al perfil de los alumnos y a la consecución de los objetivos de los cursos, quedarían desvirtuadas por el escaso o inexistente número de éstos, si bien nos desvelaron importantes datos de interés, como la repetida alusión a una existente y creciente demanda de estos estudios en Estados Unidos.

Además, las propias características de los programas y objetivos de los cursos supusieron un diferente planteamiento de las preguntas dirigidas a los directores de los cursos experto o masters que a continuación denominaremos de Derecho español. De este modo, las preguntas se verían matizadas desde el momento en que estábamos hablando de cursos de contenidos exclusivamente jurídicos en los que los grupos metas tenían una composición mixta de estudiantes extranjeros de habla hispana y de otras lenguas.

En cuanto a los criterios de búsqueda de centros e instituciones, nos decantamos por un criterio espacial e iniciamos con un rastreo en los centros de idiomas de Madrid, por ser esta la capital española que cuenta con el mayor número de estudiantes de español, ampliándose el sondeo hacia dos escuelas de español de Ávila y Málaga. En el terreno internacional la consulta se dirigió a varios centros del Instituto Cervantes de países Europa, América y Marruecos, por ser esta la institución referente en la enseñanza del español.
Una vez visto el muestreo, y analizada la limitada información extraída del mismo, el rastreo y las consultas se ampliaron a Facultades de Derecho de Madrid con potenciales estudiantes extranjeros de esta disciplina. Esta posterior indagación trajo como resultado el hallazgo de un tipo de cursos muy demandados por los estudiantes meta del estudio que nos obligó a extender la búsqueda hacia otras universidades situadas en otras comunidades autónomas ( Castilla y León, Valencia y Cantabria) en las que se ofertaban cursos similares. De esta manera el estudio partió de las consultas realizadas en los siguientes centros e Instituciones:
Universidad Complutense de Madrid, Universidad de Alcalá, Universidad Carlos III de Madrid, Universidad de Alicante, Universidad de Cantabria, Universidad de Valladolid, Universidad de Salamanca, Universidad San Pablo CEU, International House Madrid, Instituto de Español Murallas de Ávila (IEMA), Instituto Sampere, EOI Madrid, Instituto de Empresa de Madrid (IE,Madrid), Escuela de Español Cervantes de Málaga y varias sedes del Instituto Cervantes de Europa, Marruecos, EEUU y Brasil.

4.2. Resultados
Este punto se desdobla en tres apartados en los que se exponen los resultados de la investigación. En el primero (4.2.1) se extraen los relativos al rastreo del panorama de cursos y programas existentes. En el segundo (4.2.2) se presenta la información ofrecida tras las tres entrevistas y en el tercero (4.2.3) se mostrará un análisis de los dos libros de español jurídico que existen en el mercado así como su adecuación a la situación actual de enseñanza en este ámbito.

4.2.1 Tipos de cursos ofertados y programas
Tras consultar los centros antes mencionados, y contactar con los directores que accedieron a ser entrevistados, nos encontramos con el hecho de que solamente cuatro de los seis cursos encontrados se denominan de español jurídico. Por el contrario, la mayoría de cursos ofertados llevan la calificación de cursos de Derecho español para juristas o profesionales extranjeros del derecho. Esta dualidad de denominaciones nos lleva plantearnos si estamos ante dos tipos de cursos con diferente naturaleza o si, por el contrario, se trata de dos modos diferentes de afrontar la enseñanza de un lenguaje especial con el mismo objetivo. Los primeros, descritos con el nombre de cursos de español jurídico son impartidos por profesores de español y en algunos casos con la colaboración de especialistas y parecen encajar en lo que tradicionalmente concebimos como cursos de Idioma o lengua y sus programaciones, si bien se han combinado con contenidos materiales propios del Derecho, siguen las pautas inspiradoras del MCRE así como del Plan Curricular del Instituto Cervantes. Sin embargo, la demanda de los mismos, es, curiosamente, casi inexistente a pesar de que los propósitos explícitos de los mismos se encaminan hacia el desarrollo de la competencia comunicativa en estos contextos profesionales. Los segundos presentan denominaciones y programas materiales específicos, son cursos masters o experto y en sus programas no se hace referencia expresa al desarrollo de destrezas encaminadas a la comunicación de los estudiantes, esto es, sus programas reflejan únicamente contenidos de índole jurídico-material y son, únicamente, impartidos por profesores de Derecho.
Relación de cursos de español jurídico y de Derecho español para extranjeros

Analizados los objetivos y contenidos de dichos cursos experto o masters nos encontramos ante programaciones cuya meta común es dotar a sus alumnos de los conocimientos de contenido jurídico que les ofrezca una visión global el Sistema Jurídico español con el fin de ampliar sus perspectivas profesionales. Además en el caso de los cursos de la Universidad de Alcalá, San Pablo CEU y Valladolid, la superación de sus pruebas finales conduce, y en el caso de Valladolid de manera directa, a la homologación de sus títulos conforme a la normativa actual en esta materia (Real Decreto 1665/1991 de 25 de Octubre).

4.2.2. Resultados de las entrevistas
Tras contactar con varios de los centros mencionados conseguimos respuesta por parte de tres directores de los mismos con quienes realizamos sendas entrevistas. El Profesor Rainier Rutkowsky nos atendió en calidad del director del Curso de español jurídico del IEMA y nos aportó el dato de la baja de demanda de su curso remitiéndonos a su conocimiento fehaciente de la abundante demanda entre estudiantes y profesionales de esta materia en EEUU. Este dato sería corroborado por otros responsables de este primer tipo de cursos lo cual supuso un momento de desconcierto en el estudio. No podíamos dar ese salto cualitativo tan importante a EEUU pues nuestro estudio había de ceñirse a un análisis de las necesidades en este acotado ámbito geográfico.

El profesor Adolfo LLovet del Máster en Derecho español ofertado por IE Madrid nos comunicaría la ausencia de alumnos extranjeros de habla no hispana, estando su grupo meta compuesto por alumnos de procedencia hispanoamericana, si bien insistiría en el mismo dato de un conocimiento de demanda de este tipo de estudios entre estudiantes de leyes norteamericanos.

Sin embargo el estudio da un giro en el momento en que entrevistamos al Profesor Guillermo Escobar, director del Curso experto en Derecho español de la Facultad de Derecho de Alcalá de Henares quien nos verificó la creciente demanda por parte de licenciados de habla no hispana de este tipo de cursos ofertados por su universidad y por otras instituciones de similar naturaleza.

Centrándonos en los datos aportados por el Profesor Escobar, estamos hablando de un curso experto de 8 meses de duración modalidad on-line, en el que encontramos dos tipos de estudiantes, juristas titulados extranjeros de habla hispana provenientes de países latinoamericanos y los de habla no hispana, principalmente brasileños y comunitarios. Existe, en particular, un colectivo entre estos últimos formado, principalmente, por italianos que se quieren colegiar en España para comenzar aquí su trayectoria profesional salvando un arduo e importante requisito burocrático de orden académico-profesional existente en Italia.

Concluido el curso, los estudiantes pueden presentarse a las pruebas de la universidad que, una vez superadas, da acceso a la homologación de sus títulos y llegados a este punto, los resultados aportan el dato de que sólo los alumnos extranjeros con dificultades de expresión en castellano no superan las pruebas por la poca propiedad de sus ponencias en la prueba oral, aunque superen el test de la prueba escrita.

En principio todos los alumnos han sido seleccionados o admitidos considerando, en su momento, que disponen del nivel de español suficiente para asimilar los contenidos del curso y alcanzar los objetivos programados. Sin embargo, por las propias características organizativas del curso, resulta muy difícil evaluar el proceso para así detectar las posibles carencias en las destrezas comunicativas de estos. La comunicación con ellos es casi exclusivamente vía escrita y los profesores, como sucede en la mayoría de estos cursos universitarios, son especialistas en Derecho sin formación en didáctica y enseñanza de lenguas.

De la información recabada se deriva que estamos ante un tipo de curso de considerable demanda por parte de estudiantes extranjeros que se matriculan en el mismo con una última meta en la que se combinan fines académicos: obtener conocimientos jurídicos propios de una titulación en el campo del Derecho español y fines profesionales: colegiarse en España, una vez han superado el curso que les permite homologar sus títulos y de esta manera comenzar en España su carrera profesional o convertirse en especialistas en relaciones jurídicas internacionales en sus propios países.

Sin embargo, el importante número de alumnos de habla no hispana que suspenden la prueba oral pone de manifiesto que existe entre estos una importante necesidad formativa a cubrir: el desarrollo de su competencia comunicativa, en concreto las destrezas de expresión e interacción oral en este contexto del ámbito jurídico. Quiere decir esto que los resultados de las pruebas arrojan el dato de que los alumnos son correctamente formados en los contenidos materiales y que su destrezas pasivas, principalmente de comprensión lectora, están lo suficientemente desarrolladas para superar las pruebas escritas, pero, que a la hora de expresarse oralmente, un buen número de los mismos alumnos que sí superaron pruebas escritas, son incapaces de expresarse con la propiedad y la corrección técnica requerida para desenvolverse con éxito en estos contextos.

4.2.2. Materiales de español jurídico publicados
Existen, hasta el momento, en el mercado editorial español, dos manuales de español jurídico y uno sobre ciencias sociales. Entraremos en el análisis de los dos primeros, lenguaje jurídico de la colección El español por profesiones de las autoras Blanca Aguirre Beltrán y Margarita Hernando de Larramendi editado por SGEL y Español jurídico, manual de español profesional de Felisa San Juan López y Ana Bustinduy Amador, de la editorial Universidad de Alcalá.

- El español por profesiones: Lenguaje jurídico
Publicado por SGEL en 1997, este manual pertenece a la colección El español por profesiones dedicado a diferentes registros lingüísticos profesionales y académicos.

Este manual, en su presentación, se dirige literalmente a “todas aquellas personas que tienen conocimientos básicos de la lengua española y desean continuar su aprendizaje y profundización para utilizarlo en un contexto profesional” Se autodenomina, así, como un manual de español con fines específicos destinado a todos los profesionales relacionados con el Derecho y la Jurisprudencia.
Los contenidos del manual están desarrollados en ocho unidades didácticas, divididas a su vez en tres secciones que responden a una clasificación material muy propia de cursos de Derecho en los que los títulos de las mismas obedecen a los tradicionales contenidos temáticos:

Introducción al derecho, Clasificación, La Constitución y el Poder Judicial, Derecho procesal, Derecho Penal y Criminología, Derecho Privado y Mercantil, Asesoramiento Jurídico y Derecho Internacional, Derecho Comunitario y Derecho Medioambiental.

Cada una de las secciones se distinguen cuatro apartados en los que mediante textos basados en documentos auténticos y diálogos entre profesionales se trabajarán las cuatro destrezas básicas, siendo el título de estas secciones:
- Para leer y comprender.
- Para hablar.
- Para practicar.
- Para terminar.
Además el manual incluye una sección de consulta al final del mismo en el que se resumen los contenidos lingüísticos de léxico, funciones y gramática desarrollados en las unidades didácticas. Aspecto muy positivo que refuerza la orientación mixta del manual (curso de Derecho y de Lengua) de manera que los estudiantes disponen en todo momento de un apéndice que, a modo de manual anexo, explica aquellos contenidos de la lengua de una manera explicita después de haber hecho uso de ella en sus contextos profesionales y académicos.

Otras secciones, también ubicadas al final de la obra serían las soluciones de los ejercicios propuestos (de interés para estudiantes autodidactas). Un apéndice con las abreviaturas y siglas y un glosario multilingüe en español, francés, inglés y alemán de gran ayuda por ser un recurso de enorme utilidad debido a la habitual tendencia de buscar referentes en la propia lengua o en segundas lenguas ya dominadas y que puede servir de indudable apoyo en determinados momentos.

El formato del manual está caracterizado por su sobriedad, esto es, se presentan textos, esquemas, mapas conceptuales y actividades basadas en textos reales, documentos legales, escritos procesales, fragmentos de prensa y redacciones de doctrina o literatura jurídica. Apenas hay fotografías o ilustraciones, siendo la presentación general de las unidades un tanto monótonas por estar compuestas, principalmente, por textos y ejercicios. Sin embargo, los estudiantes de Derecho así como profesionales de este ámbito están acostumbrados a trabajar y estudiar con documentos en los que lo gráfico normalmente se limita a esquemas y donde las fotografías y demás elementos visuales son muy poco frecuentes.

En cuanto a las actividades, si bien encontramos una variada tipología de las mismas cuyas finalidades se adscriben a sus apartados, existe en casi todas ellas una cierta tendencia léxica, esto es, parece que la mayor preocupación de sus autoras reside en acotar bien la terminología jurídica de manera que los estudiantes comprendan mejor el sistema jurídico español y a su lenguaje vehicular. Las construcciones gramaticales parecen trabajarse de una manera más implícita y siempre en connivencia con aspectos léxicos tan importantes como la fraseología. Además, en general se aprecia una inclinación hacia ejercicios de práctica controlada, definiciones, relacionar conceptos, rellenar huecos en textos, exposiciones orales y debates guiados por el profesor…consistiendo las tareas de producción en la elaboración de escritos y redacciones en las que se trabajen los contenidos de la unidad. Es importante advertir que la dinámica de trabajo dominante es la individual, lo cual podría requerir una efectiva actuación del profesor en aras a fomentar otras prácticas que requieran más interacción entre los miembros del grupo meta.

- Español jurídico: Manual de español profesional
Publicado en 2007 por la Universidad de Alcalá, nos encontramos con un manual de español con fines específicos cuya presentación lo define como tal, estableciendo como destinatarios del mismo a “estudiantes interesados en adquirir el español propio del ámbito jurídico, al tiempo que quieren avanzar en su competencia lingüística en esta lengua”. Tal y como ocurre en el manual anteriormente analizado, no se establece ningún nivel de competencia determinado, pero si que habla de un “domino del español básico”.
En su presentación, las autoras apuestan por una enseñanza de español para fines específicos que comprenda tres aspectos:
- Gramaticales.
- De léxico como elemento fundamental diferenciador.
- Aspectos profesionales prácticos relacionados con la comunicación contextualizada en ese ámbito concreto.

Si analizamos su índice veremos que el manual consta de diez unidades didácticas en las que se incluirán explícitamente contenidos profesionales, funcionales, gramaticales, de escritura y de vocabulario. Así mismo cada unidad didáctica se estructura en dos secciones con los siguientes títulos:

- Aprendemos, en donde se presentan los contenidos lingüísticos y profesionales a la vez que se trabajan aspectos específicos de la expresión escrita.
- Trabajamos, sección en la que se presentará una progresión de actividades posibilitadotas para una tarea final. El manual se adscribe de manera literal al enfoque metodológico por tareas de manera que se realizarán trabajos a modo de simulación que tratarán de convertir el aula en foros similares a los profesionales de este campo.

Volviendo al índice, podemos comprobar como la sistematización de contenidos se aleja del academicismo presentado por el manual anterior. En este caso, la programación ofrecida por esta publicación se aparta de la tradicional clasificación de la materia jurídica conforme a las diferentes ramas y sistematizaciones del sistema jurídico español. Los títulos de las unidades: Iustitia constants et perpetua est, Ciudadano español, ¿Hasta que la muerte nos separe?, Vivo sin vivir en mi…casa, ni en mi…cuerpo, ¡Está usted despedido! , Altas y bajas, Sociedades, Vuelva usted mañana, Con la venia de la sala y Por omisión también se peca, dan muestra de la intención de apartar el estudio del Derecho de una manera teórica o excesivamente académica y sustituirla por un enfoque más dinámico, práctico y profesional a la vez que incluye contenidos gramaticales de manera explícita mediante resúmenes y cuadros en cada unidad.

Las actividades de las unidades, divididas como hemos visto ya, en dos bloques: aprendemos y trabajamos, responden a una secuenciación prototípica del enfoque por tareas, así en la primera parte, se proponen ejercicios posibilitadores de práctica controlada, algunas de comprensión lectora basadas en textos de temática jurídica, otras, de corte más estructural (de elegir tiempos verbales, rellenar huecos en textos,…etc.) previa revisión o explicación de estructuras gramaticales y reglas ortográficas. Se trabajan contenidos materiales profesionales a la vez que se enfatiza el aprendizaje y consolidación de contenidos gramaticales, ortográficos y de léxico de forma que en el siguiente bloque de la unidad se propondrán tareas menos controladas que requerirán la producción efectiva de textos propios del campo profesional estudiado. Se procuran integrar las destrezas con la combinación de actividades orales que incluyen dinámicas de grupos para fomentar la interacción oral y ejercicios escritos. Sin embargo, parece que, una vez más, se inclina mas acusadamente por la expresión y comprensión escrita, cuestión achacable y por ende, no reprochable, del carácter excesivamente documental de la disciplina jurídica de los sistemas de Derecho de la órbita continental.

La publicación cuenta con un cuaderno de ejercicios, que, siguiendo el orden del libro de texto, trata de practicar y reforzar los contenidos presentados y trabajados en el libro de clase y un CD de audio con grabaciones que introducen actividades del libro y del cuaderno de ejercicios.

Vistas las tendencias y características de los manuales, procedemos a realizar una valoración de éstos respecto a la situación real de su enseñanza (cursos existentes y necesidades formativas manifestadas por los responsables de los cursos) y a lo que en el punto tres hemos definido como enseñanza con fines específicos.

Respecto a enseñanza con fines específicos centrada en contextos jurídicos, ambas publicaciones parecen seguir las pautas señaladas en el punto tres de este trabajo, esto es, ambos manuales se preocupan de desarrollar la competencia comunicativa de los estudiantes en ámbitos contextualizados. Ambos tienen como meta el efectivo éxito en la comunicación de los aprendientes. Los dos manuales promueven su desenvoltura académica y profesional dando a conocer un lenguaje especial descrito como un registro farragoso y no uniforme. Ambos manuales, enfatizan sus esfuerzos metodológicos en la presentación de un léxico considerado denso y lleno de términos comunes, técnicos y semitécnicos. Sus muestras de lengua están en todo momento contextualizadas en diferentes aspectos del mundo jurídico y se plasman en copias de los diferentes textos orales y escritos propios de estos campos (demandas, querellas, atestados, contratos, documentos notariales…etc.) y la tipología de actividades y ejercicios parecen adscribirse a los enfoques comunicativos propuestos por el MCRE si bien el segundo de los manuales parece haberse hecho eco de las últimas innovaciones metodológicas al seguir el enfoque por tareas y al presentar dinámicas de trabajo y actividades más centradas en el desarrollo de la expresión oral que en una presentación de contenidos jurídicos, como hace el otro manual.

Respecto a su adecuación a las necesidades de los alumnos de los centros encuestados, es en este punto en donde existe cierto desajuste provocado por causas externas a los mismos manuales y que se explica por la orientación de la demanda de los estudiantes de leyes extranjeros. Las premisas del desajuste derivan de la casi inexistencia de estudiantes de los cursos para los que están diseñados los materiales (cursos de lengua o Idioma con fines específicos) lo cual, a su vez, provoca la dificultad en la valoración de la funcionalidad y operatividad de los mismos en la situación real de enseñanza.

Habiéndose constatado la existencia de una necesidad formativa internacional en derecho español, los alumnos se decantan por cursos impartidos por juristas especialistas y con materiales ajenos a la didáctica de lenguas. En este sentido puede parecer lógico que los dos manuales analizados, a priori, no se adecuan a los programas de los cursos master o experto pues, evidentemente, no han nacido con esa vocación de enseñar exclusivamente conocimientos de derecho si no con la meta de que los alumnos de estos contextos puedan comunicarse correctamente al desenvolverse en dicho ámbito ya sea por razones académicas, profesionales, o ambas.

En resumen, los manuales han sido creados para satisfacer la necesidad de comunicación en contextos jurídicos y por sus características descritas así lo hacen o, al menos, lo intentan. El problema reside en que no cubren la necesidad de formación exhaustiva en contenidos jurídicos, algo que los cursos master o expertos sí hacen mediante el empleo de otros materiales ajenos al panorama ELE. Queda por ver el papel que estos manuales aquí analizados podrían desempeñar y como hacerlos encajar como materiales auxiliares en estos cursos.

Es desde esta última perspectiva donde podemos graduar la adecuación de éstos libros de texto a esa necesidad de comunicación profesional y académica que queda por cubrir. Si los alumnos meta ya han satisfecho o están satisfaciendo sus necesidades de conocimiento material mediante el curso experto o master, pero necesitan desarrollar destrezas de tipo comunicativo, parece que el manual más comunicativo de los analizados es el segundo, que por sus características metodológicas parece adecuarse más al alumno que decide quedarse a trabajar en España una vez homologado su titulo o al que tiene que enfrentarse a una prueba oral para expresar los conocimientos estudiados en el curso.

5. CONCLUSIONES
Concluimos este trabajo haciendo una serie de reflexiones extraídas de las preguntas planteadas al inicio del trabajo. Así el estudio se comprometía a realizar un análisis en la situación de enseñanza pretendiendo dilucidar si el modo en que se plantea la enseñanza del español jurídico desde instituciones y materiales obedece a las necesidades formativas de sus destinatarios.

Nuestra investigación concluye con una serie de datos de los que dedujimos las siguientes premisas que dan respuesta a los objetivos:

1. Existen dos tipos de necesidades formativas a cubrir por parte de los estudiantes que demandan el aprendizaje del español jurídico:
Necesidades formativas relativas al conocimiento del sistema jurídico español que se confirman en el alto número de alumnos matriculados en cursos master o experto en esta disciplina.
Necesidades de comunicación, que les conduzca a dominar el lenguaje especial que funciona como lengua vehicular en estos contextos jurídicos.

2. Ante esta situación, nuestro panorama académico institucional ofrece dos vías formativas diferentes:
Cursos de Español con fines específicos concebidos como cursos de idioma destinados al desarrollo de la competencia comunicativa en este contexto.
Cursos máster o experto en Derecho español para extranjeros cuyas programaciones no atienden al desarrollo de destrezas comunicativas si no que solo cubren una formación académica y profesional propia de expertos en Derecho español.
3. Los materiales de español jurídico creados hasta el momento parecen encajar perfectamente en los cometidos de los cursos A ya que satisfacen las necesidades de comunicación descritas en la premisa 1.B, quedando los segundos en manos de especialistas del mundo jurídico que se ven en las situaciones descritas en el trabajo, esto es, en situaciones de fracaso en los resultados del curso que evidencian serios déficits en el desarrollo de su competencia comunicativa, especialmente en las destrezas relativas a la expresión oral.
4. Sin embargo, hemos constatado la ausencia de demanda de los cursos A. En este sentido los estudiantes extranjeros de leyes, cuyos perfiles académicos y profesionales les exige una formación jurídica en español, siguen decantándose, preferentemente, por acceder a estas universidades e instituciones que ofrecen cursos master y experto, pues los primeros no parecen gozar de la riqueza en contenidos requerida por éstos.
Se produce así un curioso fenómeno de cruce de necesidades: las necesidades académicas de formación jurídica cubiertas por los cursos B y las necesidades accesorias de comunicación , potencialmente cubiertas por los cursos A , en los que los alumnos se muestran reacios a matricularse y para los cuales existen dos manuales publicados en el mercado.
Este cruce de necesidades, cursos y materiales trae como resultado la potencial inoperatividad de los manuales cuyo uso no está previsto en los cursos que gozan de la mayor demanda por no ser estos “libros de Derecho” si no manuales auxiliares que ayudan a los extranjeros especialistas a entender el Derecho español. En definitiva, lo que unos cursos garantizan no lo hacen los otros y viceversa. Queda así por cubrir esta necesidad formativa de comunicación, consistente en desarrollar las destrezas comunicativas de los alumnos matriculados en estos tipos de cursos para que éstos alcancen una competencia comunicativa. De esta manera los estudiantes podrán no solo acceder a las fuentes de conocimiento material necesarias para el desarrollo de sus perfiles profesionales, si no que se convertirán en hablantes competentes dentro de su ámbito profesional y/ o académico.

Ante esta situación, se puede concluir que es necesario aunar esfuerzos por parte de los agentes involucrados en este contexto de interculturalidad impuesto por la sociedad del conocimiento y que tanto precisa de profesionales formados al efecto.

No parece que los importantes avances en materia de investigación en ELE con fines específicos den los resultados deseados sin una política de comunicación y colaboración institucional que pase por un intercambio de información en aras a la consecución de lo que los estudiantes esperan y lo que los agentes económicos y sociales necesitan de ellos. En este caso, sabemos que hay estudiantes que se matriculan en Facultades de Derecho con unas metas que a veces no consiguen debido a la falta de alguien o algo que detecte sus carencias comunicativas durante el proceso de enseñanza- aprendizaje y sin embargo existen en el panorama de investigación ELE numerosos y meritorios estudios encaminados, precisamente, a salvar esos obstáculos en dicho proceso.

En el caso de nuestro estudio la propuesta de comunicación y colaboración institucional podría pasar por una actuación conjunta por parte de los especialistas de las facultades de Derecho y los investigadores y profesionales de ELE que se comprometieran a cubrir esta necesidad de comunicación oral mediante el empleo del manual más adecuado o mediante el diseño y la creación de otros materiales más específicos.

Si sabemos que los alumnos se abstienen de matricularse en cursos de español jurídico, pero sí lo hacen en cursos de Derecho español, y si sabemos que muchos no superan los mismos por la incorrección de su expresión oral, promovamos de manera conjunta con los encargados de tales programaciones, la creación de una asignatura específica de comunicación profesional o la propuesta de un curso comunicativo de lenguaje especial previo o paralelo al master o curso experto, en el que se puedan poner en marcha los mecanismos metodológicos de los materiales que satisfagan las necesidades de comunicación a la vez que los alumnos se forman en un contexto de conocimiento material de especialidad profesional o académica.

Queda concluida esta primera fase de investigación en la que se han constatado y perfilado dichas necesidades formativas y se han asentado las suficientes pautas para continuar investigaciones posteriores en las que se den cabida no solamente los intereses y aspiraciones de los estudiantes de esta disciplina sino las expectativas que los otros implicados tienen en los sujetos formados como son las empresas e instituciones empleadoras y dependientes de los primeros. Ampliemos el estudio encuestando y oyendo a los estudiantes y los agentes que esperan futuros profesionales preparados para comunicarse en estos contextos interculturales cada vez más amplios.

Madrid, 12 de Setiembre de 2009.

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ANEXO I

Lista orientativa de preguntas dirigidas a los responsables de los cursos



¿Cuál es el grado de demanda existente en el curso de español jurídico ofertado por la institución?
¿Qué criterios se han seguido a la hora de realizar los programas?
¿Han recibido algún requerimiento o solicitud especial por parte de algún determinado tipo de agente (organismo público o privado, español o extranjero) para impartir estos cursos?

¿Qué perfil ofrecen los alumnos de este curso?
- Niveles de competencia lingüística.
- Son profesionales o estudiantes.
- Nacionalidades.
- Edades.
- Expectativas profesionales o académicas.

¿Cuál es el perfil de los docentes, profesores de ELE o juristas especialistas?
¿Muestran los estudiantes especial inclinación por unos contenidos específicos?
¿Muestran los estudiantes algún tipo de dificultad especial en sus procesos de aprendizaje?
¿Se cumplen los objetivos del programa?
¿Ha existido algún caso de fracaso en los resultados por parte de algún alumno?
¿Qué tipo de materiales se emplean?
- Manuales publicados.
- Materiales reales extraídos de textos jurídicos.
- Materiales de creación propia.

10. ¿Cómo cree que se podría mejorar el curso?

CITAS Y REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
[1] La mayoría de los alumnos que aprenden español con fines específicos necesitan adquirir: confianza y fluidez en el habla, habilidades para organizar y estructurar información, lenguaje suficiente y preciso para ser capaz de comunicar ideas sin ambigüedad, estrategias para clarificar y comprobar información no clara, saber reaccionar con rapidez ante las palabras o declaraciones de los otros, clara pronunciación, etc. (Centellas Rodrigo, 1996:1)


[2] “La enseñanza del inglés con fines específicos no consiste en un tipo de metodología diferente sino en un enfoque de la enseñanza de la lengua basado en las necesidades de los aprendientes”.
(Hutchinson y Waters, 1987: 19)

[3] . Se entiende por doctrina jurídica el conjunto de textos escritos por especialistas (catedráticos, jueces, investigadores, etc.) habitualmente empleados para la formación de juristas y muy considerados por los profesionales del derecho y legisladores.

[4] “[…] un lenguaje técnico y especializado, que si es familia para sus cultivadores sorprende a los profanos” (Hernández Gil 1986:132).

[5] El léxico jurídico se caracteriza por su densidad léxica, debida al elevado índice de término conceptuales (irrevocabilidad, imputabilidad) y al alto índice de nominalización para expresar conceptos que se refieren a acciones o procedimientos (Montalto Cessi, 1998:104), y por las construcciones de carácter metafórico (tráfico de influencias, blanqueo de capitales, bien). (Hernando de Larramendi, 2001).
[6] En el lenguaje legislativo -el utilizado en los textos normativos- coexisten unidades léxicas de la lengua común (puesto que las leyes recorren todas las realidades de una sociedad): parto, términos técnicos de las diferentes ciencias o técnicas (pues también ellas están reguladas por la ley): preembriones, términos técnicos del lenguaje jurídico (preterición o exhorto) y términos técnico-jurídicos (Iturralde, 1989: 44-45), por ejemplo (artículo, título, disposición, resolución, demanda, recurso, procedimiento, afinidad). (Hernando Larramendi, 2001)

[7] Los términos técnico-jurídicos son aquellos que forman parte del lenguaje ordinario, pero en su uso jurídico conservan sólo una de sus acepciones o bien adoptan un sentido más restringido y preciso. (Hernando Larramendi, 2001)
[8] Esta técnica se emplea en diversas disciplinas tanto sociales (antropología, sociología, pedagogía y trabajo social) como en otras áreas (enfermería, epidemiología, entre otras), también se utiliza para fundamentar hipótesis y orientar las estrategias para aplicar otras técnicas de recogida de datos. Así mismo, la entrevista estructurada se emplea cuando no existe suficiente material informativo sobre ciertos aspectos que interesa investigar, o cuando la información no puede conseguirse a través de otras técnicas. (Rojas Soriano, 1996: 217)
[9] La técnica de la entrevista con el informante clave es una variante de la entrevista general con la condición espacial de que se realiza con individuo que posee conocimientos, destrezas o experiencia únicos o especializados dentro de una organización, o que está dispuesto a compartirlos con el entrevistador.( McKernan, 2001: 152 )


[10] Ver en anexo I la lista orientativa de preguntas realizada a los directores y que hubo que adaptar a medida que se ponían de manifiesto las peculiaridades de cada situación de enseñanza.